CARLOS HERRERA

Un sistema democrático es una inmensa red de instituciones jurídicas, políticas, económicas y civiles. El derecho de propiedad, por ejemplo, es una institución jurídica; la Alcaldía, una institución político-administrativa; el Banco Central, una institución político-económica, que vela por los asuntos de política monetaria y administración de las reservas monetarias.

Las instituciones responden a la idea de organización y regulación de la sociedad, como a la idea de servicio social. Son el brazo operativo de la ley y el poder. Las instituciones hacen también posible que uno de los postulados esenciales de la Democracia –la participación social- se materialice de modo concreto. ¿Cómo es esto? Quiere decir que hay instituciones que hacen realidad que la sociedad participe en la formación del cuerpo y la voluntad política del Estado, ya que ella elige a los ejecutivos políticos nacionales y locales, así como a los representantes al parlamento, delegándoles a estos, a su vez, el poder de elegir al resto de las autoridades nacionales.

La participación es, sin embargo, un asunto que termina cuando las autoridades son instituidas, porque hacia delante la gestión y la propia política es responsabilidad de las mismas. Y si se acepta esto, se entiende mejor entonces cual el rol de las instituciones en el orden democrático.

Antes digamos que la Democracia republicana es también un orden que relativiza el poder, esto es, lo diluye en un sinnúmero de actores y de formas. Esta es la más importante característica de la Democracia Representativa: evita la concentración del poder limitándolo con normas y procedimientos. Pongamos un ejemplo, cuando un juez dirige un proceso civil o penal, debe sujetarse a lo establecido por un código procedimental. No puede actuar arbitrariamente, porque si así lo hace, hay otra institución (El Tribunal Constitucional) que puede rectificar los actos del juez en cuestión.

Otro ejemplo, el Gobernador departamental, cuando tiene que disponer de los dineros públicos, debe seguir un procedimiento de fiscalización y control, amén de un orden de prevalencia para la asignación de los mismos, negociado con su Consejo (los representantes de las regiones). No puede entonces invertir el dinero público siguiendo su capricho y única voluntad.

Un último ejemplo más de las limitaciones al poder en las que son verdaderas democracias. En los Estados Unidos, los fiscales, que son los defensores de la sociedad, no pueden andar por ahí imputando o acusando alegremente a la gente sin asumir después responsabilidad por sus actos, porque allí se contabiliza el número de casos perdidos y se penaliza a los fiscales incluso con la destitución por este motivo, ya que se asume que cuando un fiscal acusa a una persona por alguna razón legal, debe tener suficientes elementos de juicio para probar tal acusación, por lo mismo de lo cuál la pérdida del caso señala, o incompetencia profesional, o abuso de poder.

Esto es entonces lo que una Democracia representativa es, una malla de instituciones que le ponen límites al poder, además de encaminarlo racionalmente. Las instituciones, entonces, son la forma en la que el poder se disemina en muchos actores, pero son al mismo tiempo los brazos que dan existencia real.

¿Y cómo hacen esto último? Mediante la especialización del trabajo, así como la diferenciación de las competencias, esto es, que hay instituciones que se especializan en unos asuntos y otras en otros asuntos. Esto es clave para la buena marcha de los asuntos públicos. Un ejemplo, cuando se trata de política energética, lo conveniente es que haya, en la estructura del Estado, un órgano especializado en la materia para que las decisiones sean las mejores. No se le puede encargar esa misión a los concejales de una alcaldía de la provincia, porque allí no saben ni jota del asunto.

¿Qué nos dice esto? Que la especialización de los funcionarios ayuda grandemente a que el trabajo del Estado sea eficiente. La idea de competencias es casi lo mismo, pero referida a la materia, es decir, al asunto del que se trata. El Ministerio de Energía debe tratar asuntos de energía, no de salud, según las competencias que la ley de asigna.

Esta idea de especialización y competencia en el trabajo estatal, ha hecho posible también la desconcentración de las instituciones democráticas en apéndices que ponen al poder en las puertas de la propia gente. Las Sub-Alcaldías son el mejor ejemplo de esta idea de desconcentración del poder. Pero desconcentrar implica también transferir competencias, porque se trata, ya lo dijimos, de mejorar el trabajo del Estado, no sólo crear empleos públicos. En síntesis, la burocracia democrática (cuando no es excesiva por supuesto) o lo que es lo mismo, las instituciones democráticas, son indispensables para la buena marcha de la democracia, si bien se pueden transformar en malas cuando los que las toman quieren ejercer sus competencias sin observar las leyes que las regulan, olvidando que su función es la de servir, no la de someter a las personas al capricho de quienes las comandan.

Abogado

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