Fuente: eldeber.com.bo ( Por HENRY OPORTO)

El gobierno ha decido subir el techo en el monto para que un contribuyente pueda calificar dentro el Régimen Simplificado (R.S), de Bs. 37.000 a Bs. 60.000, en capital; y de Bs. 136.000 a 184.000 en ventas anuales. Según estimaciones iniciales, esta medida implicaría que los registrados en el RS ascenderían de algo más de 90.000 actuales a un número probablemente superior a 130.000 inscritos.

El RS, entendido como un régimen temporal, debió involucrar personas con poco capital: comerciantes minoristas, vivanderos, ferias, quioscos, tiendas y artesanos diversos. No obstante, con el tiempo los montos techo fueron ampliándose al punto de que grandes comerciantes y otros prósperos negocios han conseguido camuflarse en este régimen, eludiendo su obligación de registro en el Régimen General. La nueva ampliación invita a continuar con prácticas de travestismo tributario. Quienes tendrían que tributar en el Régimen General, ahora pueden ‘acomodarse’ dentro del Simplificado. Y así, gracias a un generoso decreto, muchos ‘informales’ seguirán evadiendo el pago de impuestos, declarando fracciones pequeñas de los volúmenes reales de sus negocios. Algo muy previsible, sobre todo en actividades de contrabando, que requieren de un sistema de logística y distribución.

Menos recaudación fiscal. El peso del RS en la recaudación total es marginal; apenas el 0.072% del total de ingresos originado en las ventas internas y externas. O sea que su ampliación muy poco puede aportar a mejorar la recaudación. En cuanto muchos más contribuyentes migren al RS (cambiando de razón social o con otros subterfugios), el resultado previsible es una más baja recaudación del Régimen General (IVA en particular). Se trataría, en todo caso, de un efecto mayor a la sola diferencia de liquidación entre uno y otro régimen. Quienes pasen al Simplificado no solo no emitirán factura (lo que implica no generar débito fiscal), sino que tampoco exigirán factura a sus proveedores (crédito fiscal). Consiguientemente, se debilita más el mecanismo de control de la cadena del IVA. Desde el lado del consumidor, un universo más grande de personas se vería privado de exigir facturas; otra forma de deterioro de la cadena de control del IVA.

La tasa de incumplimiento del IVA viene subiendo por problemas de subdeclaración, evasión tributaria y otros subterfugios. Es plausible, entonces, que el resultado de un RS ensanchado (por la migración y la entrada de nuevos contribuyentes, en detrimento del Régimen General) refuerce el grado de incumplimiento del IVA. También se pone en entredicho el principio tributario de la equidad horizontal: los contribuyentes con similares ingresos deben aportar en proporción similar. El decreto rompe con dicho principio. Por ejemplo, las empresas manufactureras, que utilizan más activos productivos (maquinaria, inventarios de materia prima, etc.) no califican para el RS, aun cuando sus ingresos sean iguales o incluso menores a los de los negocios en el rubro del comercio con menos exposición en activos.

A contrarruta de una tributación inclusiva. Difícilmente se puede encontrar una justificación técnica razonable al decreto gubernamental. Por el contrario, es inevitable la impresión de otra medida parche, desprovista de razón económica y motivada por imperativos políticos y electorales. Al presente, el 1% de contribuyentes soporta el 80% de la recaudación. Alrededor de 5.000 empresas están clasificadas como Prico y Graco, y son las que verdaderamente soportan el grueso del ingreso fiscal. De ahí por qué es fundamental ampliar la base de contribuyentes, revirtiendo el fenómeno de la informalidad.

Lo primero es simplificar la gestión del Régimen General. Los riesgos de fiscalización, la acumulación de deudas debido a la norma que extendió el plazo para la prescripción, la elevada tasa de interés aplicada a la deuda en UFV, la arbitrariedad a la hora de la calificación del crédito fiscal, etc., configuran el fenómeno económico conocido como costos de transacción, que importan un riesgo alto de penalidades. Por si fuera poco, el cumplimiento de los procesos administrativos está fuera del alcance de muchas empresas, particularmente de las Pymes. Desde ya, necesitarían de un contador con dedicación exclusiva.

La expectativa de que la ampliación del RS formalice a los comerciantes no empadronados y alentar la cultura impositiva, carece de asidero. Si bien los costos tributarios (en particular los de transacción) son relevantes en la decisión de buscar refugio en la informalidad, es claro que hay otros componentes de igual o mayor peso, como el caso sobresaliente de los costos laborales, acrecentados en el último tiempo por los fuertes incrementos salariales y beneficios adicionales como el doble aguinaldo.

Tomado de eldeber.com.bo 

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