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A 21 años de la Ley de Participación Popular

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ROBERTO MÉNDEZ

E ste 20 de abril, la ley No. 1551 llamada de Participación Popular (PP) cumplió 21 años de su promulgación desde 1994 y sus resultados nos demuestran que fue la reforma económica más profunda que llegó a Bolivia después de la revolución de 1952.

Se trata de una norma que reconoce, promueve y consolida el proceso de participación popular articulando a las comunidades indígenas, campesinas y urbanas, en la vida jurídica, política y económica del país porque procura mejorar la calidad de vida de la mujer y el hombre boliviano, con una más justa distribución y mejor administración de los recursos públicos, según explica en su primer artículo.

La ley de PP durante el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada y de la mano de su diseñador, Carlos Hugo Molina, crea 314 municipios con presupuesto público de coparticipación tributaria nacional y se les define un régimen fiscal financiero propios; se les amplían las funciones municipales, la capacidad recaudadora y se les transfiere la propiedad de la infraestructura social.

Esa norma fue una bendición porque desde entonces que los municipios dejaron de pedir que el centralismo les diera permiso y plata para construir un puente o arreglar el baño de una escuela.

Pero no solo eso, porque fortaleció los instrumentos políticos de la democracia representativa y dio a los Concejos Municipales la potestad de fiscalizar, en nombre del pueblo y creó instituciones como las de Control Social y concedió a las Juntas Vecinales, ser la autoridad en los barrios.

Se reconoce como representantes de las Organizaciones Territoriales de Base a los hombres y mujeres, Capitanes, Jilacatas, Curacas, Mallkus, Secretarios (as) Generales y otros (as), designados (as) según sus usos, costumbres y disposiciones estatutarias.

El reconocimiento de estas nuevas agrupaciones bajo el denominativo de Organizaciones Territoriales de Base (OTBs) se les concedía una personería jurídica que les daba derecho a reunirse en el Comité de Vigilancia. Desde el Comité de Vigilancia se podían ejercer un control efectivo de los recursos y ser parte activa y determinante en la toma de decisiones.

Asimismo, los municipios debían elaborar, con la participación de los Comités de Vigilancia, un plan de desarrollo municipal (PDM) dentro de un plan operativo anual (POA), el PDM y el POA debían ser aprobados por el Comité de Vigilancia antes de ser ejecutados.

La participación popular, básicamente, es una ley de municipalización; territorializa el poder estatal en un espacio para la planificación y la administración, reconoce la jurisdicción territorial de los gobiernos municipales de la sección de provincia, pero también, descentraliza las competencias del poder estatal a nivel local; hecho que trae consigo el fortalecimiento de los gobiernos municipales como órganos públicos”, destaca un artículo publicado en el portal Economía Bolivia.

El artículo reúne anécdotas de los primeros alcaldes que ejecutaron esta normativa en las que cuentan que antes de la ley, solamente daban ganas de abrir las puertas de la alcaldía una vez por semana para que le dé el sol, porque como no habían recursos económicos, era mejor no escuchar pedidos de los vecinos.

Pero si de normas se trata, no nos aplazamos y los que a veces fallamos somos los ejecutores y los ciudadanos que no hacemos valer los instrumentos que nos otorgan las leyes. Y porque también en algunos municipios “compran” a los mecanismos de control social y manejan políticamente los concejos municipales, dejando nula la labor de fiscalización y es entonces que vemos casos como los de la adquisición de un dron para la seguridad ciudadana con piezas compradas en el mercado La Ramada.

Convendrá entonces que reflexionemos sobre la importancia de esta ley y sobre el rol que debemos cumplir nosotros los ciudadanos de a pie.

Tomado de  eldia.com.bo